lunes, 16 de junio de 2014

Explotación Sexual Infantil.

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D. P. T. U.

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Considera que la menor engañó al imputado sobre su edad

Polémica por sentencia que revocó fallo judicial por explotación sexual

La liberación por orden judicial de un empresario de Punta del Este que había sido procesado por explotación sexual de menores despertó polémica. "Es un artilugio legal", sostienen desde del Comité de Erradicación de la Explotación Sexual Infantil.



DIEGO CASTRO15 jun 2014
La semana pasada, el Tribunal de Apelaciones de 2° turno revocó el fallo del juez de Cerro Largo, Javier Gandini, que había procesado con prisión a un empresario de 68 años, acusado de haber pagado por sexo a una adolescente de 15 años.
El fallo fue revocado con los votos favorables de José Balcaldi y William Corujo, y la negativa de Daniel Tapié.
La sentencia que revoca el fallo de primera instancia explica que el procesamiento del encausado "padeció de errores de base relevantes, tanto sustanciales como procesales", y "ha provocado un enorme daño a su persona".
El tribunal entendió que el procesado fue inducido a engaño por la menor, respecto de su verdadera edad, y para ello se basa en el propio testimonio de la adolescente, que admitió haberle dicho al imputaqdo "que tenía 18 años y que ya era madre, como forma de reforzar la afirmación". La adolescente también negó haber mantenido relaciones sexuales. "No mantuve relaciones sexuales con él ni una vez", declaró en la instrucción.
Para el presidente del Comité de Erradicación de la Explotación Sexual Infantil, Luis Purtscher, en esta revocación hay "un zigzagueo maradoniano a la realidad".
"Es inadmisible que haya un solo argumento en el que se basa este fallo. Y más lo es que el argumento sea que la menor mintió respecto a su edad", señaló Purtscher.
"No se le puede colocar la responsabilidad del hecho al eventual engaño que realizó la adolescente a este sujeto, mintiendo sobre su edad", agregó el presidente del Comité.
"Hay pruebas que fueron obtenidas por la Justicia, incluida la confesión del hombre", señaló Purtscher, quien se preguntó: "¿El empresario acuerda con otros empresarios de Cerro Largo que lleven a la chica a Maldonado y la finalidad no es tener relaciones sexuales?".
Ante ello, la sentencia de Apelación admite que "la relación sexual por dinero nunca fue negada (por el imputado), pero "en su conocimiento interno, la mantuvo con alguien que no era menor, lo que aún no es delito en nuestro país".
"No puede haber culpabilidad donde medió un error de hecho inducido por la víctima y apañado por la presentación", añade la sentencia.
Purtscher, por su parte, sostiene que "hay que ir a lo básico. Libros de Vescovi de 6° de liceo señalan que la ignorancia de una norma no exime del delito", señaló.
"Esto es un artilugio legal para llevar el caso a las formas más abstractas del Derecho prescindiendo de los datos de la realidad", manifestó.
El fallo menciona un elemento que para Purtshcer es básico y elemental: "¿Una adolescente que apenas terminó la escuela puede engañar a un licenciado en Antropología, que además se mueve como empresario en Punta del Este? ¿Alguien puede creer realmente eso?", afirmó.
No obstante, Purtscher defiende la posición de la joven en esta situación. "Una menor, cuya vida fue un continuo de violencia, que tiene adultos a su alrededor que la vuelven adicta para que su voluntad sea frágil, que no tiene las herramientas suficientes porque su nivel cultural no se lo permite, no tiene ningún tipo de libertad", indicó.

Comisión.

El caso no pasó inadvertido para la Comisión de Género del Parlamento, que analiza consultar a la Suprema Corte de Justicia sobre la revocación de este fallo.
En declaraciones a Montevideo Portal, la diputada María Elena Laurnaga señaló que la intención de esta convocatoria es saber si "si el fallo correspondió a una interpretación del juez o si la ley es ambigua". En ese caso, estableció la diputada "estudiaremos si es necesario hacerle actualizaciones".
Para Laurnaga, este fallo contradice los tratados que Uruguay ha firmado en contra de la explotación sexual de menores. "Cuando se paga a cambio de relaciones sexuales, siempre es responsabilidad de quien paga saber la edad de la otra persona", señaló. Cuando se le paga a un menor para mantener relaciones sexuales, "siempre es explotación", dijo.

Fuente: http://www.elpais.com.uy/informacion/polemica-sentencia-que-revoco-fallo.html
 

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