jueves, 5 de junio de 2014

Recurso de Inconstitucionalidad contra la Megaminería.

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D. P. T. U.

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La Suprema Corte de Justicia admitió el recurso de inconstitucionalidad contra la minera Aratirí

Nacionales | 05 Jun La Suprema Corte de Justicia (SCJ) admitió un recurso de inconstitucionalidad que presentó el fiscal civil Enrique Viana contra la minera Aratirí. En tal sentido, los cinco ministros estudiarán los argumentos del fiscal contra la ley de minería de gran porte, informó El Observador.
Tras rechazar el planteo de dos juezas, Viana presentó un recurso de inconstitucionalidad que fue admitido por la SCJ, pues entendió que el fiscal está facultado para plantear la queja por la vía de la excepción, es decir a través de un juzgado civil, donde ya comenzó acciones, para que éste lo derive a la Corte. Además, Viana propone realizar un pedido de medida cautelar de no innovar para impedir que hasta tanto la SCJ no falle sobre el recurso, se impida al Poder Ejecutivo firmar el contrato de inversión con Aratirí, lo cual fue postergado en varias oportunidades.
En su recurso de inconstitucionalidad, el fiscal plantea que la ley 19.126, del 11 de setiembre de 2013, viola los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 12, 30, 36, 47, 58, 59, 72, 77, 82, 233 y 331 de la Constitución, y se basa en que “para extraer la cantidad de hierro suficiente como para que el negocio sea rentable” Aratirí “necesitará detonar 43.000 toneladas de explosivos por año, a razón de 120 toneladas diarias. El explosivo que utilizará es el Anfo, compuesto de nitrato de amonio y fuel oil”.
“Se liberará por año el doble de la energía que liberó la bomba atómica de Hiroshima”, sostuvo y argumentó que la ley ha sido redactada como directa consecuencia de una negociación con una empresa privada. “Se está ante una ley contratada o de lobby, dictada en función de los intereses lucrativos privados de una empresa determinada. Viola el axioma de igualdad ante la ley, la necesaria raíz democrática de toda ley y el acceso a la Justicia”, subrayó. “Es una ley cuyo tenor y espíritu son la legitimación de un daño expresamente prohibido por la Constitución de la República”, manifestó el fiscal.

Fuente: http://www.eltelegrafo.com/index.php?id=87881&seccion=nacionales&fechaedicion=2014-06-05

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