domingo, 1 de junio de 2014

Responsabilidad del Estado por Prisiones Indebidas.

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D. P. T. U.

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Poder Judicial. Entre 2010 y 2013 recibió 74 demandas

Un reclamo por mes por casos de prisión indebida

Entre 2010 y 2013, el Poder Judicial fue objeto de 74 demandas por prisión indebida, lo que en promedio arroja más de un caso por mes. Para la Suprema Corte estas situaciones son parte de "las reglas de juego".



PABLO MELENDREZ dom jun 1 2014
 

Lo ocurrido con el taxista Pablo Pecotiello, que el año pasado estuvo un mes prisión por una rapiña que no cometió, por lo que ahora prepara una demanda por US$ 50 mil contra el Poder Judicial, es más habitual de lo que podría pensarse.

De hecho, desde 2010 y hasta 2013, el Poder Judicial recibió 74 reclamos por casos de prisión indebida, dijo a El País la directora del Servicio de Abogacía de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Virginia Collazo. Ese total arroja un promedio de 1,5 reclamos presentados por mes en ese período.

Para procesar a una persona, un juez debe tener la semiplena prueba de su responsabilidad y la convicción de que cometió el delito. Luego, durante el curso del juicio, el magistrado debe reunir la plena prueba que le permita condenarlo.

Pero, si durante el proceso no se reúne la prueba necesaria para emitir la sentencia condenatoria, el juez deberá absolver al imputado, y disponer su excarcelación si aún se encuentra privado de libertad.

Además, según lo que establece el sistema procesal, en cualquier etapa del juicio, el fiscal tiene la potestad de pedir el sobreseimiento del implicado, lo que obliga al magistrado a archivar la causa.

"Quien haya sufrido prisión preventiva en un proceso penal sin haber sido en definitiva condenado a pena privativa de libertad por lo menos igual al lapso de prisión preventiva sufrida, tendrá derecho a recibir del Estado la indemnización en dinero de los perjuicios materiales y morales que dicha prisión preventiva -el exceso de ella, en su caso- le hubieren causado". La frase del primer inciso del artículo 4° de la ley que regula la prisión preventiva (15.859, de marzo de 1987) es clara: el Estado es responsable cuando una persona haya permanecido privada de libertad en forma indebida.

El ministro de la SCJ, Jorge Ruibal Pino, dijo que en los reclamos por prisión indebida se intenta conciliar para "evitar que la persona a la que el Estado ya le causó un daño tenga que seguir el curso de juicio".

Los montos a pagar en estos no casos no se obtienen del presupuesto del Poder Judicial, sino que los fondos provienen del Ministerio de Economía, a través de Rentas Generales, explicó Ruibal Pino.

El Ministerio de Economía siempre consulta a la SCJ sobre si va a iniciar la acción de repetición contra el juez que actuó en el caso, pero normalmente la Corporación descarta dar ese paso para que el Estado recupere el dinero que perdió.

"No se puede decir que todos los jueces a quienes les revocaron algún auto de procesamiento trabajan mal. Más bien es un tema de diferencia de criterios", dijo Ruibal Pino.

Agregó que puede ocurrir que un procesamiento dictado por un juez de primera instancia luego sea revocado por un tribunal de apelaciones, ya que esas "son las reglas de juego".

De todos modos, Ruibal Pino reconoció a El País que "es difícil decir" si ese tipo de situaciones son o no normales, y reiteró que en buena medida el parámetro radica en variaciones de criterio aplicados.

"No se le puede decir si un juez actuó mal si en realidad lo hizo convencido y tenía la semiplena prueba para procesar. Son las reglas de juego", reiteró el ministro de la SCJ.

US$ 50 mil.


El taxista Pablo Pecotiello, que el año pasado estuvo un mes recluido en el Comcar por una rapiña que no cometió, presentará en los próximos días una demanda contra el Poder Judicial al que reclamará US$ 50 mil por la prisión indebida que sufrió.

Pecotiello fue procesado el 30 de octubre de 2013 por el juez Roberto Timbal y la fiscal Diana Salvo. Fue acusado por la rapiña que había sufrido 15 días antes la pasajera de un taxi cuando llegó a destino, en Carlos Roxlo y Paysandú.

La víctima lo reconoció y la información primaria sobre la ubicación de su vehículo en base al GPS indicó que estaba en la zona, y en base a esos elementos el juez Timbal y la fiscal Salvo imputaron a Pecotiello.

Sin embargo, días después, el abogado del taxista, Álvaro Méndez, presentó al magistrado un informe elaborado por Policía Técnica en base a datos del GPS del vehículo, y a raíz de esa prueba exculpatoria, la fiscal pidió su sobreseimiento y ante ese requerimiento el juez ordenó la inmediata excarcelación de Pecotiello.

"Un problema por uso de la prisión"


El ministro de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Ruibal Pino, dijo que si el sistema penal ampliara el uso de medidas alternativas a la prisión, el Poder Judicial no enfrentaría tantos reclamos por reclusión indebida, ya que llegado el caso de un fallo exculpatorio de un procesado, el daño a reparar no sería de la magnitud de lo que implica resarcir a una persona por haber estado privada de libertad en forma injustificada. "Lo cierto es que en el fondo es un tema generado por el uso de la prisión preventiva. Si hubiera una aplicación extendida de las medidas alternativas a la prisión, muchos de estos casos se podrían evitar, pero eso no depende exclusivamente del Poder Judicial, sino también del marco legal que brinde el Parlamento", indicó Ruibal Pino.

Fuente: http://www.elpais.com.uy/informacion/reclamo-mes-casos-prision-indebida.html

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