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domingo, 5 de junio de 2016

Respaldo Legal en el Exterior.

Estimados Clientes, Amigos y Seguidores:


En los países que cuentan con fuerte presencia de uruguayos, el respaldo legal de primera categoría también está presente.
Los servicios jurídicos que nuestros clientes necesitan son brindados por las siguientes entidades:


ARGENTINA

Alfaro-Abogados
Av. del Libertador 498 
Buenos Aires, C1001ABR
Argentina
Teléfono: +54 11 4398 3003
Fax: +54 11 4393 3001

BRASIL

TozziniFreire Advogados
Sao Paulo, SP, Brazil


1328 Rua Borges Lagoa 
Sao Paulo, SP, CEP 04038-
Brazil
Teléfono: +55 11 5086 5000
Fax: +55 11 5086 5555

ESTADOS UNIDOS

Greenberg Traurig, P.A.
Miami, Florida, U.S.A.


333 SE 2nd Avenue 
Suite 4400
Miami, Florida, 33131
U.S.A.
Teléfono: +1 305 579 0500

Fax: +1 305 579 0717

ESPAÑA

Cuatrecasas, Gonçalves Pereira
Barcelona, Spain


Paseo de Gracia, 111 
Barcelona, 08008
Spain
Teléfono: +34 93 290 5500
Fax: +34 93 312 7240


AUSTRALIA

MinterEllison
Sydney, New South Wales, Australia


1 Farrer Place 
Level 40, Governor Macquarie Tower
Sydney, New South Wales, 2000
Australia

Teléfono: +612 9921 8888
Fax: +612 9921 8123


Consulte por otros países o regiones.

jueves, 2 de abril de 2015

Duración de los Juicios.

Estimados Clientes, Amigos y Seguidores:

Si bien la actividad judicial se ha visto resentida por las medidas gremiales adoptadas desde fines del año 2014, continuamos recibiendo y evacuando consultas, manteniendo reuniones con nuestros clientes, y haciendo el seguimiento de nuestros casos, ya que las oficinas judiciales continúan funcionando, aunque en horarios dispares.
Hecha la aclaración, compartimos nota de interés sobre un asunto que es preocupación recurrente de nuestros clientes y consultantes.

Saludos Cordiales

D. P. T. U.

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ESTADÍSTICA JUDICIAL

Un juicio civil dura 18,3 meses promedio

La duración total, incluyendo todas sus instancias, de los procesos civiles finalizados por sentencia definitiva en los juzgados de Montevideo tuvo un muy leve repunte en el año 2013, ubicándose en los 18,3 meses, una unidad por encima del registro del año 2012, que era de 17,3 meses.

Así lo consigna un informe divulgado por la Suprema Corte de Justicia y elaborado por el Departamento de Estadísticas de la División de Planeamiento y Presupuesto del Poder Judicial, en el que se analiza la duración de los procesos y la evolución de otros indicadores globales.
El documento también revela que la cantidad de asuntos iniciados en el año 2013 en los juzgados letrados con materia civil de Montevideo aumentó prácticamente en todos los turnos (que son un total de veinte). Sin embargo, si se observa la evolución en el período 2001-2013 se advierte una tendencia descendente en el número de asuntos iniciados, manteniéndose desde el año 2008 en el entorno de los 7.800 casos.
El año 2002 fue en el que hubo mayor demanda, dado que se iniciaron 17.904 asuntos en los juzgados de Montevideo. Debe tenerse en cuenta que el período de tiempo 2001-2003 refleja la crisis económica y del sistema financiero. Por otro lado, el año 2009 es el que tuvo el menor registro con un total de 7.538.

Fuente: http://www.elpais.com.uy/informacion/juicio-civil-dura-meses-promedio.html

viernes, 6 de febrero de 2015

Matrimonio In Extremis.

Estimados Clientes, Amigos y Seguidores:

Compartimos nota de interés. 
Como siempre, estamos a sus gratas órdenes para las consultas jurídicas que necesiten formular.

Saludos Cordiales

D. P. T. U.

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HIJAS DEL FALLECIDO RECLAMAN US$ 500.000 A MUTUALISTA Y AL REGISTRO CIVIL

Anulan boda contraída en CTI con enfermeras como testigos

El Tribunal de Apelaciones de Familia de Primer Turno resolvió anular un matrimonio in extremis que tuvo lugar entre un septuagenario moribundo y su cuidadora, una mujer de 55 años.

El hombre era diabético (le habían amputado una pierna 12 años antes) e insulinodependiente con tratamiento de diálisis, por lo que recibía atención permanente.
El matrimonio se produjo el 1° de marzo de 2011 cuando la mujer ingresó al CTI de la Médica Uruguaya con un oficial del Registro Civil que realizó la ceremonia. Al parecer, el hombre estaba inconsciente. En las actas respectivas se apunta que el hombre no estaba en condiciones de firmar el documento y en otras se dice que no sabía escribir.
Las personas que atestiguaron la boda, según consta en el acta de matrimonio, son enfermeras y nurses que más tarde debieron asistir al hombre en sus minutos finales. Ahora la Justicia Penal las investiga para determinar su responsabilidad en el episodio.
El hombre era un jubilado bancario; en el año 2011 cobraba una jubilación que superaba los $ 67.000. Las viudas de los pasivos de la Caja Bancaria perciben una pensión vitalicia tras el fallecimiento de su cónyuge que, en este caso, podría ser de aproximadamente $ 40.000.
La mujer se vinculó al hombre en el año 2006 luego de terminar una relación sentimental. La mujer, sabiendo que el septuagenario estaba buscando una cuidadora, se ofreció como tal y desde el principio intentó alejar a sus familiares y amigos.
Ese año 2008, su padre les comunicó a las hijas que esta cuidadora había abusado de su confianza y lo había obligado a firmar un poder (estando internado en la Médica Uruguaya) para hacer compras en la Cooperativa Bancaria.
Les manifestó que con ese poder había realizado compras abusivas, retirado dinero en efectivo de su cuenta (por unos $ 100.000), y cobrado la jubilación íntegra del mes.
El 30 de junio de 2008, al salir de su internación el padre de las denunciantes revocó el poder que había firmado.
En la historia médica del hombre se deja constancia de la situación, debido al grado de angustia que vivía. "Muy nervioso, la señora que lo cuidaba le robó la casa", dijo el médico que lo atendía en ese momento.
Durante todo el período en que la mujer estuvo junto al septuagenario evitó todo tipo de contacto con las hijas del hombre.
Cuando estuvo internado en el CTI los trabajadores de la institución médica impidieron el ingreso de ellas con el argumento de que estaba grave.
Cuando falleció, las enfermeras y el equipo del CTI entregaron todas las pertenencias del hombre a su "esposa".
Además, la mujer se hizo cargo del cuerpo al que dio sepultura en un lugar que sus hijas desconocen.
"Ante nuestra total sorpresa y desasosiego se nos informa en admisión que nuestro padre había fallecido y que su cuerpo había sido retirado", relata la denuncia presentada por las dos mujeres.
La demanda añade que se le entregó el cuerpo a la denunciada, quien lo enterró sin dar noticia a nadie, por lo que para ellas "está desaparecido, con la angustia que todo esto implica para sus familiares y amigos".

Juicio Civil.

Durante el litigio, las hijas del hombre lograron probar al Tribunal que la concubina de su padre ya estaba casada con un hombre de 80 años en el momento en que se produjo la boda en el CTI.
La mujer intentó negarlo y afirmó que el septuagenario había reconocido a sus hijos como propios. Luego se desdijo en la propia sede judicial.
En principio la denuncia fue radicada en el Juzgado Penal de 14° Turno, pero el magistrado declinó competencia y el expediente fue derivado a un juzgado de la Ciudad de la Costa.
Paralelamente, las hijas iniciaron dos demandas civiles contra Médica Uruguaya y el Registro Civil. Reclaman que cada organismo les pague por daños y perjuicios un total de US$ 250.000.
"Esa plata no paga el calvario que vivimos", aclaró a El País una de las hijas del fallecido. Las dos mujeres aclararon que no querían que sus nombres se divulgaran.
Ahora los policías de la seccional 2 están buscando a la mujer. Las hijas del septuagenario afirmaron que la mujer no tiene pedido de captura aunque el caso está en la órbita penal. El único contacto que mantienen es el teléfono celular que alguna vez perteneció a su padre pero la mujer ya no atiende los llamados, ni siquiera los que realiza la Policía.

Fuente:http://www.elpais.com.uy/informacion/anulan-boda-contraida-cti-enfermeras.html

sábado, 31 de enero de 2015

La Independencia de los Fiscales.

Estimados Clientes, Amigos y Seguidores:

Retomando el contacto, compartimos palabras de uno de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, máximo órgano judicial del país, sobre la independencia de los Fiscales.

Saludos Cordiales

D. P. T .U.

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—Estos días estuvo en el debate público la aspiración del futuro gobierno de pasar las Fiscalías, que funcionan en la órbita del Ministerio de Educación y Cultura, a la Presidencia de la República. ¿Cuál es su opinión al respecto?
—Como uno de sus integrantes, señalo que en la comisión de redacción del nuevo Código del Proceso Penal llegamos a la conclusión de que las Fiscalías deben ser autónomas. Su inserción en el Poder Ejecutivo no es la más adecuada. Lo más adecuado es, por ley orgánica, establecer que es un servicio autónomo bajo la jerarquía del fiscal de Corte. A los efectos de no solo preservar su independencia —que la tienen—, sino también su imagen de independencia. A la mujer del César se le requería que fuera honesta y pareciera honesta. A los jueces se nos pide que seamos independientes y parezcamos independientes, y lo mismo se requiere de los fiscales. Para la apariencia de independencia, no es bueno que dependan del Poder Ejecutivo, sino que es mejor que aparezcan como independientes y autónomos, como es la figura de los organismos del artículo 220 de la Constitución, y que no dependan de ningun jerarca del Poder Ejecutivo. Recalco que para nosotros la inserción del Ministerio Público, con el poder que va a tener en el nuevo Código, no debe estar en el Poder Ejecutivo, sino que tiene que ser un servicio autónomo.

Fuente: http://www.busqueda.com.uy/mailing/notas/1801/REC/fiscales/

domingo, 7 de septiembre de 2014

Juicios Contra el Estado.



Estimados Clientes, Amigos y Seguidores:

Compartimos noticia de interés.

Saludos Cordiales

D. P. T. U.

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No se sabe cuántos hay por delante ni cuánto dinero se perdió

En nueve años, una oficina no pudo contar juicios al Estado

Una dirección creada en el MEC hace nueve años para relevar los juicios contra el Estado y definir una estrategia de defensa, no tiene registro de cuántos litigios se enfrentaron en los últimos años, cuántos hay por delante ni cuánto dinero se perdió.


VIVIANA RUGGIERO dom sep 7 2014
 
La Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales funciona en el quinto piso del Ministerio de Educación y Cultura desde el año 2005, cuando se creó por la ley 17.930 con el cometido de "relevar la situación del Estado en materia de juicios en que éste sea actor o demandado". Allí se desempeñan dos administrativos, tres abogados y un director, cargo que es ocupado desde 2011 por Pablo Maqueira.
¿Sabe cuántos juicios tuvo el Estado en su contra en los últimos años? ¿Y cuánto se pagó por juicios perdidos? ¿Cuántos hay por delante? ¿Hay alguno que preocupa en particular? Todas estas preguntas fueron realizadas a Maqueira y tuvieron la misma respuesta: "No".
El jerarca no esconde que no se ha podido cumplir con los objetivos y reconoce que el único avance que se logró es el desarrollo de un software que tiene dos funcionalidades: servir como programa de gestión y procuración de los juicios de cada una de las jurídicas de los ministerios y a su vez estar conectados on-line con la dirección para que esta pueda centralizar la información.
Si bien no fue terminado, está en una etapa de testing y, según Maqueira, la idea es dejarlo operativo antes de que termine el período. "Avances concretos creo que sí hubo, no son visibles. Los avances están en el software", explicó el jerarca.
Desde que se creó la dirección, hace nueve años, se hizo un acuerdo de cooperación con España, un convenio con la Facultad de Derecho y se entrevistó a un representante del área jurídica de cada ministerio para hacer un estado de situación que culminó en 2010.
Según Maqueira, ahí se detectó que cada institución tiene "su librito" y que las realidades son totalmente diferentes.
En ese momento culminó una "primera etapa" de la dirección. "Después vino una ley de Presupuesto en la que se agregó la obligación de recibir de cada uno de ellos información sobre los juicios (…) cuando nos enfrentamos a eso dijimos: ¿cómo hacemos para concentrar toda la información? Eso nunca se reglamentó y nosotros empezamos a trabajar en el desarrollo del software", explicó.
En paralelo, según Maqueira, se trabajó y está casi pronto un proyecto de decreto para que se reglamente la norma legal que ordena que cada ministerio tiene que derivar la información jurídica a la dirección; y a su vez explicita cómo debe hacerse.
"Eso está a la espera de que quede pronto el software", reiteró, y comentó que será muy importante porque hay "resistencia" a que la dirección centralice la información.
"Se genera eso de ¿por qué tengo que pasar esto? Hay gente que se siente controlada, hay recelo. Yo creo que es entendible también porque no están acostumbrados a que nadie externo se meta en su trabajo", opinó Maqueira.

Ignorados.

Los juicios contra el Estado preocuparon especialmente al presidente José Mujica durante todo su mandato e incluso ha hablado públicamente en varias oportunidades sobre el tema.
"Están los que parasitan a costillas del Estado y a veces roban fortunas. Y lo peor es que uno los siente a estos picapleitos opinar de la democracia y las garantías institucionales, hablando en sesudos programas. No son otra cosa que parásitos del sistema jurídico, que tratan de medrar de los recursos del pueblo que trabaja", dijo el presidente en una de sus audiciones por M24 en 2013.
Tiempo después Mujica encomendó al secretario de la Presidencia, Homero Guerrero, reunir a los encargados de los departamentos jurídicos de los organismos públicos para "coordinar acciones", una tarea que debería cumplir la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales.
"Yo fui a una reunión que tenía como objetivo entregar la información jurídica pero acompañando a los jerarcas del Ministerio de Educación y Cultura. Nosotros no tuvimos nada que ver con eso, ni se nos consultó. Fue algo que se hizo desde Presidencia. Ni siquiera sé qué evaluación se hizo", reconoció Maqueira.
El País intentó comunicarse, sin éxito, con Guerrero para conocer las cifras y las conclusiones del análisis de las mismas. Los datos son importantes para poder hacer un análisis y detectar qué errores se están cometiendo en las defensas del Estado ante la Justicia y delinear nuevas estrategias.
De hecho, en los últimos gobiernos existieron dudas sobre las Jurídicas del Estado y en juicios millonarios se contrataron estudios de abogados por fuera de las instituciones públicas.

Las tareas de la dirección

Ha procurado la articulación de Servicios Jurídicos como la Fiscalía de Corte y
Procuraduría General de la Nación, entre otros, con el fin de consolidar los canales de coordinación entre las direcciones y la administración central del MEC.
Se propició un acuerdo de cooperación con el Centro de Estudiantes de Derecho con la finalidad de fortalecer el sistema de consultorios jurídicos barriales, colaborando en la financiación de abogados para desempeñar las tareas.
Tiene a su cargo el proceso de los pedidos de cooperación jurídica desde Uruguay al exterior y desde otros país al Poder Judicial uruguayo.
Ha trabajado en los organismos regionales Mercosur y Unasur y en el ámbito iberoamericano a través de la Comjib (Conferencia de Ministros de Justicia Iberoamericanos).

En diez años, 1.092 procesados por delitos en contra del Estado

Entre los años 2003 y 2013, fueron procesadas 1.092 personas imputadas por delitos contra la Administración Pública, de acuerdo con un estudio de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en base a información del Registro Nacional de Antecedentes Judiciales del Instituto Técnico Forense del Poder Judicial.
El 26,5% de los delitos son los de peculado (apropiación de dinero del Estado), fraude en el 20% de los casos y cohecho simple (coimas) en el 15,1%. En números absolutos, se imputó a 289 personas por apropiación de dinero del Estado, a 218 por fraude y 165 por recibir coimas.
Además, hubo 116 procesamientos por concusión (funcionario que exige una coima para hacer o no hacer determinada cosa) lo que representa el 15,1% del total de procesamientos, al tiempo que se dispusieron 101 enjuiciamientos por abuso de funciones, cifra que es el 10,6% del total.
El 2008 fue el año donde se registraron más procesamientos por delitos contra la Administración Pública, ya que la cifra total llegó 137. Luego siguen el año 2006 con 128 casos, 2003 con 123 y 2009 con 104.

Fuente: http://www.elpais.com.uy/informacion/afe-justicia-juicio-multimillonario-dinero.html

jueves, 5 de junio de 2014

Recurso de Inconstitucionalidad contra la Megaminería.

Estimados Clientes, Amigos y Seguidores:

Tenemos el agrado, como siempre, de compartir una nueva nota sobre un tema de actualidad referido al mundo jurídico, pero vinculado directamente a la realidad social de nuestro país.

Saludos Cordiales

D. P. T. U.

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La Suprema Corte de Justicia admitió el recurso de inconstitucionalidad contra la minera Aratirí

Nacionales | 05 Jun La Suprema Corte de Justicia (SCJ) admitió un recurso de inconstitucionalidad que presentó el fiscal civil Enrique Viana contra la minera Aratirí. En tal sentido, los cinco ministros estudiarán los argumentos del fiscal contra la ley de minería de gran porte, informó El Observador.
Tras rechazar el planteo de dos juezas, Viana presentó un recurso de inconstitucionalidad que fue admitido por la SCJ, pues entendió que el fiscal está facultado para plantear la queja por la vía de la excepción, es decir a través de un juzgado civil, donde ya comenzó acciones, para que éste lo derive a la Corte. Además, Viana propone realizar un pedido de medida cautelar de no innovar para impedir que hasta tanto la SCJ no falle sobre el recurso, se impida al Poder Ejecutivo firmar el contrato de inversión con Aratirí, lo cual fue postergado en varias oportunidades.
En su recurso de inconstitucionalidad, el fiscal plantea que la ley 19.126, del 11 de setiembre de 2013, viola los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 12, 30, 36, 47, 58, 59, 72, 77, 82, 233 y 331 de la Constitución, y se basa en que “para extraer la cantidad de hierro suficiente como para que el negocio sea rentable” Aratirí “necesitará detonar 43.000 toneladas de explosivos por año, a razón de 120 toneladas diarias. El explosivo que utilizará es el Anfo, compuesto de nitrato de amonio y fuel oil”.
“Se liberará por año el doble de la energía que liberó la bomba atómica de Hiroshima”, sostuvo y argumentó que la ley ha sido redactada como directa consecuencia de una negociación con una empresa privada. “Se está ante una ley contratada o de lobby, dictada en función de los intereses lucrativos privados de una empresa determinada. Viola el axioma de igualdad ante la ley, la necesaria raíz democrática de toda ley y el acceso a la Justicia”, subrayó. “Es una ley cuyo tenor y espíritu son la legitimación de un daño expresamente prohibido por la Constitución de la República”, manifestó el fiscal.

Fuente: http://www.eltelegrafo.com/index.php?id=87881&seccion=nacionales&fechaedicion=2014-06-05

domingo, 1 de junio de 2014

Edad de Imputabilidad.

Estimados clientes, amigos y seguidores:

Compartimos nota de actualidad, referida al mundo jurídico y a un tema de discusión general en la actualidad.


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Baja de edad de imputabilidad divide a la Suprema Corte de Justicia

Dos magistrados están a favor de la reforma, dos están en contra y uno no se pronuncia al respecto

 

La propuesta de bajar la edad de imputabilidad penal de 18 a 16 años, que será objeto de un plebiscito junto con las elecciones nacionales, divide a los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
El presidente de la corporación, Jorge Larrieux, informó al diario El País que los magistrados están “divididos” en su visión sobre el tema. Larrieux prefirió no dar a conocer su postura sobre el tema.
En tanto, Jorge Chediak ha expresado en reiteradas oportunidades que está a favor de bajar la edad de imputabilidad penal debido a que “ha cambiado radicalmente la modalidad de delitos de menores de 18 años”, aunque aclaró que “no soluciona problemas” pero “es un paso”.
El ministro Julio César Chalar expresó que “la edad de imputabilidad no es hoy la misma que en la época de la sanción del Código Penal”, por lo que la normativa debe adecuarse a una nueva realidad. No obstante, no emitió su opinión al respecto.
En cambio, Jorge Ruibal Pino se opone a la baja de la edad de imputabilidad penal. “No estoy de acuerdo. Tenemos problemas con la institucionalización en dos franjas: los de 13 a 18 y los mayores, que en sus lugares de reclusión padecen malos tratos y hacinamiento. Entonces, al bajar la edad de imputabilidad, vamos a crear una franja intermedia donde hoy no tenemos dónde ubicarlos”, dijo a El País.
Ricardo Pérez Manrique también ha dado a conocer públicamente su visión contraria a la propuesta que tiene el respaldo del Partido Colorado y de los sectores nacionalistas que acompañan a Luis Lacalle Pou. “Es una medida que no ha dado resultado en  ningún país del mundo. Se necesitan dos líneas de acción complementarias: políticas preventivas y de reeducación, de las que realmente estamos muy lejos”, comentó.
Una encuesta de la consultora Equipos Mori indicó que el 57% de la población está a favor de bajar la edad de imputabilidad, el 36% en contra y el 7% no sabe o no contesta. Cifra, por su parte, reveló que el apoyo a la baja es también del 57%, pero el 33% se manifiesta en contra y el 10% no se pronuncia.

Fuente: http://www.elobservador.com.uy/noticia/279295/baja-de-edad-de-imputabilidad-divide-a-la-suprema-corte-de-justicia/

domingo, 13 de abril de 2014

Juez Enviado a la Cárcel.

Estimados amigos, clientes y seguidores:

Compartimos nota de actualidad, vinculada al desempeño de los jueces.

Saludos Cordiales

Derecho Para Todos Uruguay

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Procesan con prisión a juez de Lavalleja


Por presunta falsificación ideológica y abuso innominado de funciones

La Jueza Letrada de Primera Instancia de Lavalleja, Patricia Rodriguez Barreto, resolvió el procesamiento con prisión del Juez de Paz de la 4ª Sección Judicial de Lavalleja (localidad de José Batlle y Ordóñez) por presunta falsificación ideológica cometida por funcionario público y abuso innominado de funciones, según informó el Poder Judicial a través de un comunicado en su página web.

El comunicado explica que, en lo que respecta al delito de falsificación ideológica, Rodríguez reunió elementos probatorios que le permiten presumir que el magistrado actuó en beneficio de una de las partes redactando "varias actas y constataciones falsas", así como la certificación falsa de un domicilio.

En cuanto al delito de abuso de funciones, se constató que el magistrado, ahora indagado, ordenó en forma arbitraria la detención de un ciudadano,"por faltarle el respeto a su persona e investidura". 


Fuente: http://www.elobservador.com.uy/noticia/276290/procesan-con-prision-a-juez-de-lavalleja/

sábado, 12 de abril de 2014

Abuso de Poder sobre Funcionaria Pública.


Estimados clientes, amigos y seguidores:

Compartimos nota de prensa de interés para funcionarios públicos en el marco de la defensa de sus derechos.

Saludos Cordiales

Derecho Para Todos Uruguay

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Casinos: existió "abuso de poder" en castigo a funcionaria

Sentencia anula sanción por actitud "empecinada"

La Justicia anuló la suspensión de 30 días que el Ministerio de Economía aplicó a una funcionaria de Casinos. El fallo sostiene que hubo una actitud "empecinada e inflexible" del exdirector de ese organismo.
PABLO MELENDREZ 03 abr 2014
 
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anuló por "ilegítima" una sanción que el Poder Ejecutivo dispuso contra una escribana funcionaria de la Dirección General del Casinos (DGC) que fue castigada con una suspensión de 30 días sin goce de sueldo.
Una resolución firmada el 15 de abril de 2010 por el entonces ministro de Economía, Fernando Lorenzo, aplicó la sanción administrativa a una escribana que se desempeñaba en el Programa I de la DGC que comprende lo referido a la explotación de juegos de azar y salas de esparcimiento del organismo.
La escribana presentó una acción de nulidad contra la sanción. El TCA, luego de tres años de tramitar el expediente, le dio la razón a la funcionaria y dejó sin efecto el castigo.
El TCA, por unanimidad de sus cinco ministros, concluyó que "la conducta reprochada a la escribana (...) no constituye violación alguna a sus deberes funcionales".
La sanción se aplicó porque, según la DGC, la escribana se negó a elaborar un informe sobre un asunto del Programa II del organismo, que abarca el área de control y supervisión del Hipódromo Nacional de Maroñas. La funcionaria trabajaba en el Programa I.
La sentencia del TCA, que fue notificada a las partes en marzo, explica que la escribana no cometió una falta administrativa ya que solamente se excusó de actuar en virtud de que se trataba de un asunto ajeno a su competencia, según un decreto del año 2000.
"En efecto, en su carácter de asesora letrada y subgerente del área jurídica referida, la demandante nunca se negó a informar, sino que, por el contrario, siempre se expidió cuando se le requirió y lo hizo de manera más que fundada en el sentido de que no era competente para emitir pronunciamiento sobre el tema por el cual se le inquiría informar", dice el fallo.
Agrega que la posición de la funcionaria "siempre estuvo basada en razones de naturaleza normativa" que las jerarquías podían no compartir "pero nunca equiparar ello al incumplimiento contumaz de una obligación funcional".

Empecinamiento.

Según el fallo del TCA, "de forma alguna puede hablarse de inobservancia del deber de obediencia de las funcionaria" porque "informó de manera fundada cada vez que se le requirió".
Pero, según los ministros del TCA, "el problema" es que el contenido de sus informes "no era compartido o del agrado del jerarca de la Unidad Ejecutora Dirección General de Casinos, pero ello evidentemente no puede ser un extremo pasible de sanción disciplinaria".
La sanción a la escribana fue promovida por Fernando Nopitsch, quien ocupó la titularidad de la DGC entre octubre de 2008 y marzo de 2010, cuando con la asunción del gobierno de José Mujica fue reemplazado por el actual responsable del organismo, Javier Cha.
La escribana, en su condición de asesora, había elaborado informes contrarios al acuerdo entre la DGC y la empresa Vidaplan S.A. que promovió Nopitsch y que permitió la asociación entre el organismo y esa firma privada para gestionar un casino mixto en el hotel Mantra de Punta del Este.
"La actitud empecinada e inflexible asumida por el Sr. Director General de Casinos contribuye decididamente a la configuración de tal temperamento en el jerarca en cuestión", sostiene la sentencia.
Según el fallo, "de las circunstancias del caso se aprecia sin mayor esfuerzo una evidente irrazonabilidad en el ejercicio de la potestad disciplinaria y sancionatoria por parte de la Administración".
"Y al ser la sanción disciplinaria adoptada en el referido marco de irrazonabilidad, tal extremo configura en el subexánime una clara hipótesis de exceso de poder que torna ilegítima la medida disciplinaria adoptada en el acto enjuiciado", asegura la sentencia.
El fallo, que fue redactado por el ministro del TCA Alfredo Gómez Tedeschi y que lleva la firma de sus colegas Mariela Sassón, Dardo Preza, Ricardo Harriague y Juan Pedro Tobía, añade que "la ausencia de un grado de culpabilidad suficiente" lleva a que la sanción administrativa impuesta a la escribana "devenga en ilegítima" y esa situación "la contamina de abuso o exceso de poder y provoca la errónea motivación del acto".


Fuente: http://www.elpais.com.uy/informacion/sentencia-anula-sancion-actitud-empecinada.html

miércoles, 26 de marzo de 2014

Abogados Preocupados por el Avance de las Regulaciones.

Estimados clientes, amigos y seguidores:

Compartimos nota de prensa de interés actual para clientes y profesionales.

Saludos Cordiales

Derecho Para Todos Uruguay

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Abogados preocupados por el avance de las regulaciones

Advierten que jueces laborales de la región se apartan de algunas normas

Gabriel Pastor

Entre el miércoles 12 y el viernes 14, 600 abogados de América Latina, Estados Unidos y Europa asistieron a la conferencia bienal del Foro Regional Latinoamericano de la IBA (International Bar Association), realizada en Punta del Este. Marcela Hughes, socia del estudio Hughes & Hughes, copresidenta del Foro Latinoamericano de la IBA, dijo en una entrevista con El Observador que existe preocupación en la organización por el avance regulatorio, pues está impactando en los presupuestos de las compañías y distrae a las empresas de sus actividades principales. Señaló, además, que en la IBA, que preside Michael Reynolds, de Allen&Overy (Bruselas), están inquietos por la tendencia judicial en materia laboral. Los tribunales “han estado apartándose de la norma escrita y están fallando al margen de esta”, afirmó.
¿Cuál es la tendencia mundial en materia de fusiones (M&A) de compañías?
El número de M&A en América Latina crece en forma constante y paulatina. Algunas estadísticas reflejan que en el año 2013 se registraron fusiones y adquisiciones en América Latina por US$ 85 mil millones. Brasil y México son los mercados más desarrollados, más propensos a recibir inversión multinacional y asimismo donde el mayor número de “multilatinas” está asentado, y desde donde es de esperar que se dispare mayor inversión intrarregional. Chile, Colombia y Perú son mercados consolidados, con un ambiente propenso a la inversión. Existe una novedosa tendencia de que empresas locales –e incluso algunas de titularidad extranjera– están siendo adquiridas por “multilatinas”. Por otra parte, los deals están adquiriendo un mayor nivel de complejidad, pues es frecuente que multinacionales o multilatinas adquieran, a la misma vez, empresas en distintos países latinoamericanos pertenecientes a un mismo grupo económico.

¿Cuáles son los sectores más atractivos?
Sin duda que la infraestructura, por la baja calidad de calles, rutas y trenes en la región. Y también la agroindustria, el sector de consumo masivo, energía, minería, petróleo y gas. En Brasil y Perú hay gran interés en el sector educativo y se advierte como novedoso las actividades relacionadas con internet y tecnología, en Brasil, Argentina y Chile.

¿Y en Uruguay?
En el caso específico de Uruguay, tres sectores dominaron el proceso en el año 2013: energía, minería, petróleo y gas (16% de las operaciones); industria, manufactura e ingeniería (15%) y consumo (14%).

Un tema de inquietud entre los abogados y juristas es la tendencia regulatoria que está aumentando los precios a las empresas. ¿Cuál es la realidad de Uruguay en ese sentido?
Existe cierta preocupación por el avance regulatorio. La realidad es que toda regulación termina, en general, expresándose en la necesidad de las empresas de reportar mayores cantidades de datos, efectuar cortes de información que antes no efectuaban, producir documentos y obtener constancias, lograr inscripciones en registros y un sinnúmero de actividades que insumen trabajo y dinero, impactando en el costo de funcionamiento y distrayéndolos de sus actividades principales. En el Uruguay actual, hay muchos ejemplos de ello. En este sentido, hoy las empresas deberían estar reportando, entre otras tareas, si tienen una base de datos, comunicando el nombre de sus accionistas, efectuando pesados reportes laborales, controlando a algunas empresas tercerizadas para evitar responsabilidades laborales y de seguridad social. Naturalmente, estos costos empujan a empresas más pequeñas a la informalidad. No puede concluirse de esto que sean malos los controles. Pero debe haber un balance. En los distintos países las preocupaciones de fondo en la regulación son básicamente las mismas: una apropiada distribución de los riesgos y de los costos entre el Estado y el particular (por ejemplo, costos de estudios y de construcción, riesgos de resultados de operación); una adecuada estructura de incentivos en favor del particular que permitan mantener un alto nivel de calidad en el servicio entregado, de modo que reciba una retribución proporcional a los riesgos que asume; brindar facilidades para el financiamiento de las obras a través del mercado de capitales, permitiendo no solo la participación de bancos, sino que también de inversionistas institucionales que posean suficiente liquidez (fondos de pensiones, etcétera) y contemplando garantías satisfactorias; establecer mecanismos expeditos de resolución de conflictos entre el Estado y el particular, especialmente en lo que respecta a diferencias meramente técnicas. Lo que va variando significativamente de país en país es la forma concreta en que dichos fines son abordados, habiendo una amplia gama de alternativas, lo que puede incidir finalmente en el mejor resultado que ciertos países obtienen versus otros en el objetivo de atraer inversionistas. Es decir, si bien básicamente en todos los países de la región se sabe cuáles son los temas críticos que un inversionista requiere evaluar a la hora de tomar la decisión de asumir una megaobra, hay países que simplemente no han contemplado en sus regulaciones los mecanismos adecuados que aborden tales temas en términos satisfactorios para el inversionista, resguardando, en definitiva, los intereses del Estado por sobre los necesarios incentivos que requiere aquel.

Las empresas uruguayas se han mostrado muy inquietas en los últimos años por el aumento de litigios en tribunales de trabajo. ¿Es también una tendencia del continente?
A nivel general existe una preocupación por los tribunales y jueces que en materia laboral en Latinoamérica han estado apartándose de la norma escrita y están fallando al margen de esta, creando en algunos casos precedentes que luego siguen otros jueces. Dependiendo del país, está permitido que los jueces creen estos precedentes de aplicación obligatoria y en otros deben ser simples referencias a tener en cuenta por los jueces al emitir el fallo.

¿Existe preocupación entre los expertos que integran la IBA por el aumento en el intercambio de información tributaria entre los países?
En el panel que analizó el intercambio de información se discutió sobre las diversas iniciativas multilaterales, bilaterales y unilaterales conducentes a un mayor intercambio de información en materia fiscal. Se habló, por ejemplo, del impacto de una reciente legislación estadounidense, Fatca (por sus siglas en inglés), y que requiere que los bancos y otros intermediarios financieros y no financieros de todas partes del mundo (incluyendo América Latina) identifiquen a aquellos clientes o cuentahabientes que califiquen como personas de Estados Unidos (básicamente, ciudadanos y residentes de EEUU). En ese contexto se abordó el tratado de doble tributación e intercambio de información que ha entrado en vigor recientemente entre Argentina y Uruguay.  

En general, el intercambio de información fiscal plantea potenciales conflictos con normas de secreto bancario y de reserva en la prestación de servicios profesionales, al igual que la posibilidad del cumplimiento con ciertos requerimientos de información de otros países. Particularmente, en el caso de Estados Unidos con motivo de la legislación Fatca, pueden constituirse, a su vez, hechos punibles en el país al que se le solicita la información. Todo ello plantea temas jurídicos complejos.

Fuente: http://www.elobservador.com.uy/noticia/274694/abogados-preocupados-por-el-avance-de-las-regulaciones/

miércoles, 6 de marzo de 2013

Recurso de Inconstitucionalidad Contra el Aborto.


Estimados amigos, clientes y seguidores:

Tenemos el agrado, una vez más, de compartir una nota periodística de actualidad, quedando abiertos a cualquier consulta que quieran hacer sobre el tema, desde el punto de vista jurídico.


Saludos Cordiales
D. P. T. U.

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Aborto: Catedrático Plantea Recurso de Inconstitucionalidad
La acción podría ser promovida por una institución



El profesor en Derecho Constitucional Eduardo Esteva Gallicchio señaló que la ley que despenalizó el aborto es inconstitucional pero que hay problemas en definir quiénes pueden recurrirla ante la Suprema Corte de Justicia. Expresó que una posibilidad es que lo hagan instituciones de atención médica.

"En el caso del aborto, la protección que da el derecho interno uruguayo, o sea la Constitución, es superior a la que brinda el Pacto de San José de Costa Rica, por lo que el argumento que en base a ese pacto es posible legislar sobre ese tema no me parece correcto", dijo el catedrático a El País.

Esteva Gallicchio sostuvo que "si la protección del derecho interno es superior a la del derecho internacional, no se aplica el Pacto de San José porque es una protección subsidiaria respecto a la nacional, es un derecho de mínima y no de máxima".

Recordó que argumentó en ese sentido en la Comisión de Constitución de la Cámara de Representantes cuando se trató este proyecto de ley. Señaló que la Constitución uruguaya protege el derecho a la vida y "siendo así, eventualmente la Suprema Corte de Justicia la podría declarar inconstitucionalidad". Consultado sobre cómo llegar a la presentación de una solicitud de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, Esteva Gallicchio dijo que "hay problemas de legitimación".

Añadió que "más todavía con la posición que ha asumido la Corte en el caso del Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR), en que dice que tales artículos son inconstitucionales y en otros no hay legitimación de los actores, porque la legitimación es de los gobiernos departamentales", acotó.

Expresó que de esa forma, la Suprema Corte "revisa el concepto tradicional de interés directo, personal y legitimo" por lo que "en el caso de la ley de aborto hay problemas de legitimación pero puede haber interesados".

"Es muy difícil que una persona cualquiera pudiera pedir la declaración de inconstitucionalidad. Cualquier persona que esté opuesta en principio no tendría legitimación, porque según la Constitución no tendría interés directo, personal y legítimo", afirmó. Pero "quizá se podría pensar en una institución de asistencia médica", agregó.

En el libro Veto al aborto, estudios interdisciplinarios sobre las 15 tesis del presidente Tabaré Vázquez, editado por la Universidad de Montevideo, Esteva Gallicchio publicó un artículo en que señaló que "el concebido no nacido es titular del derecho a la vida, como derecho preexistente a la regulación constitucional (interpretación doctrinal prácticamente unánime del art. 7 de la Constitución)". "Que es, asimismo, titular del derecho a la vida, en su calidad de derecho inherente a la personalidad humana", agregó.

Según el profesor, "en el Derecho uruguayo, ambos preceptos otorgan mayor protección frente a otras regulaciones complementarias o coadyudantes, por lo que no ceden ante cualesquiera interpretaciones que se realicen de los vocablos `en general`, utilizados por el art. 4 de la Convención Internacional de los Derechos Humanos".

"En caso de examinarse un posible llamado `conflicto` con otros derechos o libertades, es menester tener presente que no es afectable el contenido esencial de los derechos individualizados", sostuvo en ese artículo.

"De hallarse en `conflicto` derechos preexistentes con derechos a la protección en el goce consagrados por el art. 7, segunda oración, no pueden los segundos preferir a los primeros", concluyó.


Esteva Gallicchio es profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Montevideo, excatedrático de Derecho Constitucional y de Derecho Público en la Universidad de la República, presidente de la Sección Uruguay del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional y profesor en la Maestría en Derecho con énfasis en Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad Católica.


Fuente: http://www.elpais.com.uy/130301/pnacio-699190/nacional/aborto-catedratico-plantea-recursos-de-inconstitucionalidad/

sábado, 16 de febrero de 2013

Traslado de la Dra. Mariana Mota (II).

Estimados Amigos, Clientes y Seguidores:

Ampliamos la información brindada en la entrada anterior.

Saludos a todos.

D. P. T. U.

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Jueza Mariana Mota recurrirá decisión de su traslado a lo civil

La magistrada afirma que la obligación de investigar no se está cumpliendo y que se están obstaculizando las investigaciones.

La Suprema Corte de Justicia trasladó a la jueza Mariana Mota de la órbita penal a la civil por lo que la magistrada deberá dejar unas 50 causas vinculadas a los delitos cometidos durante la dictadura y la investigación sobre el avión Air Class que se precipitó a las aguas del Río de la Plata causando dos muertos. 
A las 11 de la mañana, en el momento en que la jueza preste juramento por su traslado, organizaciones de Familiares de Desaparecidos, integrantes de la FEUU y la Fundación Mario Benedetti, harán una manifestación frente al Palacio Piria.
En declaraciones al semanario Brecha la jueza Mariana Mota dijo que recurrirá el traslado y que en caso de que el recurso no prospere podría acudir a un tribunal internacional. 
Mota entiende que este traslado viola la sentencia de la Corte Interamericana en el caso Gelman.  “Se están obstaculizando las investigaciones” y no es por quien asuma en su lugar sino porque la nueva magistrada (Beatriz Larrieu) “tiene que empezar desde el desconocimiento de las causas y debe ver cómo estamos en casi 50 causas de no menos de 600 fojas cada una, más los legajos militares y los archivos de miles de fojas digitalizadas de los tribunales militares en cada caso” explicó.
“Tendrá que pasarse mucho tiempo leyendo no solo los expedientes sino jurisprudencia, doctrina, convenciones, convenios internacionales o declaraciones de unas causas con las de otras, trazarse estrategias de investigación”, añadió la magistrada a Brecha.
También dijo que desde hace años el Poder Judicial no puede dar respuesta a quienes piden justicia por sus familiares desaparecidos y aseguró que no defiende su independencia ante el poder político.
Mota afirmó que con su traslado “la obligación de investigar no se cumple” y aseguró que “hay archivos militares que permanecen ocultos y algunos militares han alardeado que esos archivos son su salvoconducto”.

Traslado de la Dra. Mariana Mota.

Estimados amigos, clientes y seguidores:

Compartimos nota de actualidad, referida al polémico y preocupante traslado de la Dra. Mariana Mota, de un juzgado penal a un juzgado civil.

Saludos a todos.

D. P. T. U.

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Polémico traslado de la jueza Mariana Mota de penal a civil

Tuvo problemas con el ministro de Defensa, Fernández Huidobro, y cuestionó al presidente Mujica por su política en derechos humanos.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) decidió trasladar a la jueza Mariana Mota del juzgado penal que ocupaba a uno de la esfera civil.
El traslado generó sorpresa y malestar en la magistrada, que cree que se debió a sus diferencias con integrantes del Poder Ejecutivo.
Tiempo atrás, en una entrevista con el periódico Página 12 de Argentina, Mota cuestionó al presidente José Mujica y al ministro de Defensa, Eleuterio Fernández Huidobro, por su política en materia de derechos humanos y los crímenes de la dictadura.
Dijo que por ser ex rehenes de la dictadura (1973-1985) “tal vez no pueden ver con objetividad un proceso dictatorial que los tuvo como víctimas”.
Mota dirigía también la investigación judicial sobre el accidente en junio de 2012 del avión de la empresa Air Class que se estrelló en el río de la Plata. En este siniestro murieron los pilotos Walter Rigo y Martín Riva.
Tras una primera búsqueda y rescate de los restos del avión, Mota ordenó al Ministerio de Defensa continuar la búsqueda de más restos, pero el ministro Fernández Huidobro desobedeció el mandato judicial.
La magistrada cuestionó al ministro en el programa Santo y Seña de canal 4, el año pasado, y dijo que Fernández Huidobro podía incurrir en desacato al desconocer su orden de continuar con la búsqueda de los restos del avión accidentado el 6 de junio de 2012.
Tras meses sin cumplir la orden judicial, a fines de enero de este año, 2013, Defensa decidió retomar la búsqueda y por orden de la jueza Mota convocó nuevamente al buzo y rescatista Héctor Bado, quien hallara los primeros restos del avión de Air Class.
A falta de pocos días para retomar la búsqueda, la Corte decidió remover a Mota del juzgado penal que ejercía y la trasladó a un juzgado civil.
El presidente de la Corte, Jorge Ruibal, aseguró este miércoles que el traslado no tiene nada que ver con las diferencias que tuvo Mota con el gobierno de Mujica y con el ministro de Defensa.
Sin embargo, fuentes judiciales confiaron a Subrayado que ese “mal relacionamiento” con el Ejecutivo sí pudo precipitar el traslado.